Uni Fin Invest es un Agente de Inversión (Agente de Servicio Completo, excluyendo la suscripción) regulado por la Comisión de Servicios Financieros ('FSC') de Mauricio bajo el número de licencia GB21027161 (en lo sucesivo, la 'Empresa').
La Empresa tiene el deber de actuar con diligencia, lealtad, honestidad y buena fe en interés de sus clientes. Todas las personas supervisadas deben abstenerse de participar en cualquier actividad o tener un interés personal que presente un conflicto de intereses.
Puede surgir un conflicto de intereses si el interés personal de la persona supervisada interfiere, o parece interferir, con los intereses de la Empresa o de sus clientes. Un conflicto de intereses puede surgir siempre que una persona supervisada realice una acción o tenga un interés que le dificulte desempeñar sus funciones y responsabilidades para la Empresa de forma honesta, objetiva y eficaz.
Aunque es imposible describir todas las posibles circunstancias en las que puede surgir un conflicto de intereses, enumeramos las situaciones que más probablemente podrían resultar en un conflicto de intereses y que están prohibidas por el código ético de la Empresa:
- Las personas con acceso no pueden favorecer los intereses de un cliente en detrimento de otro (por ejemplo, cuentas más grandes en detrimento de cuentas más pequeñas, cuentas compensadas por comisiones de rendimiento en detrimento de cuentas no compensadas, cuentas en las que los empleados hayan realizado inversiones materiales y personales, cuentas de amigos íntimos o familiares de las personas supervisadas). Este tipo de favoritismo constituiría un incumplimiento del deber fiduciario.
- Se prohíbe a las personas con acceso utilizar conocimientos sobre transacciones de valores pendientes o consideradas actualmente para clientes para beneficiarse personalmente, directa o indirectamente, como resultado de dichas transacciones, incluyendo la compra o venta de dichos valores.
- Se prohíbe a las personas con acceso recomendar, implementar o considerar cualquier transacción de valores para un cliente sin haber declarado al Responsable de Cumplimiento ('CO') cualquier derecho de beneficio material, relación comercial o personal u otro interés material con el emisor o sus afiliados. Si el CO considera que el interés revelado presenta un conflicto material, el personal de inversión no podrá participar en ningún proceso de toma de decisiones relativo a los valores de ese emisor.
La Empresa y sus funcionarios actuarán en el mejor interés de sus clientes.
- La Empresa llevará un registro de intereses.
- Los intereses personales de un director, o de personas estrechamente vinculadas a él, no deben prevalecer sobre los de la Empresa y los participantes.
- Un director debe hacer su mejor esfuerzo para evitar conflictos de intereses o situaciones en las que otros puedan percibir razonablemente que existe un conflicto de intereses.
- Cualquier conflicto o posible conflicto que afecte a los directores y administradores debe comunicarse al Consejo de Administración de forma completa, oportuna y por escrito.
- Cuando surja un conflicto real o potencia, al declarar su interés y asegurarse de que el mismo se registre en el Registro de Intereses de la Empresa, el director podrá participar en el debate y/o indicar su voto sobre el asunto, aunque dicho voto no se contabilizará. El director debe considerar cuidadosamente las posibles consecuencias que puede tener para el Consejo y la Empresa en tales circunstancias.
- Los Directores deben reconocer que su deber y responsabilidad como tales es actuar siempre en interés de la Empresa y no de terceros.
- Los directores y funcionarios deben tratar asuntos confidenciales relacionados con la Empresa, conocidos en su capacidad como director o funcionario, como estrictamente confidenciales y no deben divulgarlos a nadie sin la autorización del Consejo. El Consejo debe considerar cada una de estas solicitudes según sus méritos y caso por caso.
Manejando los conflictos de interés
Es fundamental para la Empresa, que llevará a cabo más de una actividad regulada en relación con sus clientes, identificar y gestionar cualquier conflicto de intereses que pueda surgir en el curso de la prestación de dichos servicios.
Pueden surgir conflictos de intereses entre los intereses de la Empresa y los de su cliente, así como entre los intereses de un cliente y los de otro. La empresa se esforzará por gestionar estos conflictos de intereses a través de:
- murallas chinas bien definidas que segregan las Funciones de Gestión y las Funciones de Asesoría
- Supervisión Independiente
- Divulgación
- Negarse a prestar el servicio.
Regalos y entretenimiento
Las personas supervisadas no deben aceptar regalos inapropiados, favores, entretenimiento, alojamiento especial u otras cosas de valor material que puedan influir en su toma de decisiones o hacer que se sientan en deuda con una persona o Empresa. Del mismo modo, las personas supervisadas no deben ofrecer regalos, favores, invitaciones u otros objetos de valor que puedan considerarse excesivamente generosos o destinados a influir en la toma de decisiones o a hacer que un cliente se sienta en deuda con la Empresa o con la persona supervisada.
Ninguna persona supervisada puede recibir un regalo, servicio u otra cosa superior al valor de minimis de una persona o entidad que haga negocios con o en nombre del ID. Ninguna persona supervisada puede dar u ofrecer ningún regalo superior al valor de minimis a clientes existentes, clientes potenciales o cualquier entidad que haga negocios con o en nombre del ID sin la aprobación previa por escrito del CO. La recepción anual de regalos de la misma fuente valorados en $250,00 o menos se considerará como el valor de minimis. Además, la recepción de una cena ocasional, una entrada para un evento deportivo o el teatro, o entretenimientos comparables también se considerará sobre el valor de minimis si la persona o entidad que proporciona el entretenimiento está presente. Todos los regalos dados y recibidos, se registrarán en un registro que debe ser firmado por la persona supervisada y el CO, y se mantendrá en el expediente de la persona.
Ninguna persona supervisada puede dar o aceptar regalos en efectivo o equivalentes de efectivo a o de un cliente, posible cliente o cualquier entidad que haga negocios con o en nombre del asesor.
Los sobornos y comisiones ilegales son actos delictivos estrictamente prohibidos por la ley. Las personas supervisadas no deben ofrecer, dar, solicitar ni recibir ningún tipo de soborno o comisión ilícita.
Contribuciones políticas y benéficas
Las personas supervisadas que realicen contribuciones políticas y benéficas en efectivo o en servicios deben informar de cada una de dichas contribuciones al CO, que recopilará e informará al respecto según lo exigido por la normativa pertinente. Se prohíbe a las personas supervisadas considerar las relaciones comerciales actuales o previstas del ID como un factor a la hora de solicitar donaciones políticas o benéficas. Esta política sólo se aplica si una entidad gubernamental es cliente de la Empresa.
Confidencialidad
Las personas supervisadas respetarán la confidencialidad de la información adquirida en el curso de su trabajo y no revelarán dicha información, excepto cuando estén autorizadas o legalmente obligadas a revelarla. No podrán utilizar la información confidencial adquirida en el curso de su trabajo para su beneficio personal. Las personas supervisadas deben mantener toda la información sobre los clientes (incluidos los antiguos clientes) en estricta confidencialidad, incluida la identidad del cliente (a menos que el cliente dé su consentimiento), las circunstancias financieras del cliente, las tenencias de valores del cliente y el asesoramiento proporcionado al cliente por la Empresa.
Servicio en la junta directiva
Las personas supervisadas no podrán formar parte de la junta directiva de empresas que coticen en bolsa sin la autorización previa del CO. Dicha autorización solo podrá realizarse si se determina que dicho servicio en la junta directiva será coherente con los intereses de los clientes y de la Empresa y que dicha persona que ejerza como director estará aislada de aquellos que tomen decisiones de inversión con respecto a dicha Empresa mediante los procedimientos adecuados. Un director de una empresa privada puede verse obligado a dimitir, ya sea inmediatamente o al final de su mandato, si la empresa se convierte en pública durante su mandato como director.
Relaciones con organismos reguladores
Los funcionarios pueden interactuar con representantes de los organismos reguladores en el curso de su trabajo. Se espera de ellos que cooperen con los organismos reguladores y cumplan con prontitud cualquier obligación de divulgación.